Sevilla a 12 de febrero de 2025
La Unión de Militares de Tropa, ante la gran cantidad de preguntas recibidas de nuestros asociados, formulo al Ministerio de Defensa una serie de preguntas relativas a la posibilidad de rescatar el Plan de Pensiones creado para los funcionarios, cuya última aportación se realizó en el año 2011.
Esta inquietud de muchos socios, surge debido a que ante el intento de estos a recuperar sus fondos en las oficinas del BBVA y se les ha denegado dicha posibilidad, argumentando la ausencia de una orden expresa del Ministerio de Defensa o el incumplimiento de las condiciones estipuladas en el acuerdo vigente.
Dado el alto grado de preocupación entre nuestros asociados, consideramos fundamental aclarar esta situación y, en caso de que la recuperación de los fondos no sea viable en las condiciones actuales, instar al Ministerio de Defensa que solicite formalmente al Gobierno a modificar las normativas correspondientes. Para ello, se presentaron las siguientes preguntas al Gobierno:
- Aclaración sobre la posibilidad de recuperar los fondos del Plan de Pensiones, así como la difusión del procedimiento a través de la Intranet corporativa del Ministerio de Defensa.
- Información sobre los métodos contemplados por el Ministerio de Defensa para comunicar a los interesados los procedimientos de recuperación del Plan de Pensiones.
- Confirmación de sí el Ministerio de Defensa tiene previsto instar al Gobierno a modificar las condiciones del Plan de Pensiones en caso de que actualmente no sea posible su recuperación.
En respuesta a estas consultas, el Ministerio de Defensa nos contestó lo siguiente:
- Según el Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, que modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones, los partícipes de los planes de pensiones del sistema de empleo pueden disponer de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad, siempre que lo permita el compromiso y lo prevean las especificaciones del plan. Sin embargo, en el caso del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado (AGE), según el capítulo III, artículo 31, las únicas contingencias que permiten la disposición de fondos son: jubilación, incapacidad, muerte del partícipe o beneficiario y dependencia.
- Para consultas o solicitudes de información sobre el pago de prestaciones o la gestión de la documentación, los interesados pueden dirigirse a la División de Igualdad y Apoyo Social al Personal de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, a través del correo electrónico plandepensiones@oc.mde.es o los teléfonos 91 395 5000, 91 324 6490 y 91 324 6338. Además, pueden consultar información detallada en la web plandepensiones-age.es y en la Intranet del Ministerio de Defensa.
Ante estas respuestas, la Unión de Militares de Tropa seguirá trabajando para que se brinde una mayor claridad en la comunicación de esta información a los interesados y continuará impulsando las acciones necesarias para que se evalúe la posibilidad de modificar las condiciones del Plan de Pensiones con el objetivo de permitir su recuperación en caso de que los partícipes así lo deseen o bien el poder trasladar a otra entidad bancaria distinta al BBVA el mencionado plan para poder obtener mejor rendimiento.
Os seguiremos informando sobre cualquier novedad al respecto.
El equipo de apoyo al Socio de la Unión de Militares de Tropa – UMT


